Sitio oficial de la Legislatura Municipal — Gobierno Municipal de Santa Isabel, Puerto Rico

Rama legislativa del Gobierno Municipal de Santa Isabel

Cuerpo de 14 legisladores electos que ejerce el poder legislativo del Municipio: aprueba el presupuesto, las ordenanzas y las resoluciones, y fiscaliza los asuntos municipales conforme al Código Municipal de Puerto Rico, Ley Núm. 107-2020, según enmendada.

Foto: Jauca, Santa Isabel · Wikimedia Commons
14Legisladores
11Comisiones permanentes
24Documentos publicados
9Sesiones 2025–2026

Presidencia

Mensaje del Presidente de la Legislatura

Hon. Alving Rivera Renta

Hon. Alving Rivera Renta

Presidente · Legislatura Municipal de Santa Isabel

Bienvenidos al portal oficial de la Legislatura Municipal de Santa Isabel, rama legislativa del Gobierno Municipal de Santa Isabel. Este cuerpo ejerce las facultades que le confiere el Código Municipal de Puerto Rico y su Reglamento, al servicio de la ciudadanía y de todas las comunidades y barrios del Municipio.

Le invitamos a consultar las ordenanzas y resoluciones aprobadas, el calendario de sesiones y los mecanismos de participación ciudadana disponibles ante la Legislatura.

Hon. Alving Rivera RentaPresidente, Legislatura Municipal de Santa Isabel · arrlawoffice@yahoo.com

La Legislatura

Qué es y qué hace la Legislatura Municipal

La Legislatura Municipal es la rama legislativa del Gobierno Municipal de Santa Isabel, integrada por 14 legisladores electos por el voto directo de los electores del Municipio en cada Elección General, conforme al Código Municipal de Puerto Rico y al Código Electoral.

La Legislatura Municipal ejerce el poder legislativo del municipio y es responsable de aprobar, autorizar y supervisar las principales decisiones relacionadas con la administración municipal. Entre sus funciones generales se encuentran aprobar el presupuesto anual, confirmar nombramientos de funcionarios, adoptar ordenanzas y reglamentos, autorizar la administración y disposición de bienes municipales, establecer contribuciones y otros ingresos permitidos por ley, aprobar ajustes presupuestarios y empréstitos, supervisar asuntos de recursos humanos, ratificar actuaciones realizadas durante estados de emergencia y autorizar convenios y demás medidas necesarias para el funcionamiento y desarrollo del municipio, conforme a las disposiciones del Código Municipal y demás leyes aplicables.

Proceso legislativo

Cómo una medida se convierte en ordenanza o resolución, conforme al Reglamento y al Código Municipal:

Presentación

Un Legislador Municipal o el Alcalde presenta un proyecto ante la Secretaría de la Legislatura.

Referido a comisión

La Presidencia lo refiere a la comisión con jurisdicción, que lo estudia y puede celebrar vistas públicas.

Informe y votación

La comisión rinde su informe y el pleno considera y vota la medida en sesión pública.

Firma del Alcalde

Aprobada por la Legislatura, se remite al Alcalde para su firma.

Vigencia y publicación

Entra en vigor y se publica conforme a los Artículos 1.009 y 1.041 del Código Municipal.

Compromiso éticoLa Legislatura promueve la ética entre sus integrantes y la ciudadanía a la luz de los valores de transparencia, inclusión, integridad, respeto, honradez, objetividad, responsabilidad y justicia (Reglamento, Artículo III).

Composición

Legisladores Municipales

Legisladores Municipales del cuatrienio 2025–2028. Toda vacante en la Legislatura Municipal se cubre con arreglo a lo establecido en el Código Municipal de Puerto Rico.

Trabajo legislativo

Comisiones permanentes

Las 11 comisiones permanentes creadas por el Artículo 3.05 del Reglamento de la Legislatura Municipal de Santa Isabel. Cada comisión estudia los asuntos de su jurisdicción antes de que sean considerados por el pleno. La composición de cada comisión se rige por el Reglamento.

Para asuntos de comisiones, comuníquese con la Secretaría de la Legislatura Municipal — Sra. Katiria Pérez Muñoz. Teléfonos: (787) 558-2014 y (787) 845-4040, ext. 2259, 2260 y 2282. Correo: legmunicipalsantaisabel2024@gmail.com

Sesiones

Calendario de sesiones

Conforme al Artículo 2.07 del Reglamento, la Legislatura se reúne en Sesiones Ordinarias, Extraordinarias y Especiales. Las sesiones son públicas y se celebran en la Casa Alcaldía o en el lugar que disponga la Presidencia. Cada año hay 2 sesiones ordinarias: la primera desde el segundo lunes de enero hasta el 30 de junio, y la segunda durante el segundo semestre. A continuación, las sesiones en que se aprobaron las ordenanzas de la Serie 2025–2026.

Archivo legislativo

Ordenanzas y Resoluciones

Serie oficial 2025–2026 (22 ordenanzas), más ordenanzas históricas del Municipio, cada una con su fecha de aprobación. Las ordenanzas se identifican con el prefijo OM y las resoluciones con RM. Cada documento abre en su versión oficial en PDF.

OM-09 — Reglamento de Donativos

Reglamento para establecer las normas que regirán los donativos otorgados a entidades sin fines de lucro y a personas de escasos recursos e indigentes del Municipio Autónomo de Santa Isabel. Aprobada el 20 de noviembre de 2025.

Abrir Ordenanza Núm. 9
Tipo Número Título Fecha de aprobación Documento

No se encontraron documentos con esos criterios.

Las resoluciones (RM) se publicarán en este archivo a medida que estén disponibles.

Acceso a la información pública

Transparencia

Conforme a la Ley Núm. 141-2019, Ley de Transparencia y Procedimiento Expedito para el Acceso a la Información Pública, y a los Artículos 1.009 y 1.041 del Código Municipal, la Legislatura pone a disposición de la ciudadanía los siguientes documentos e información.

Presupuesto municipal

Resolución del presupuesto general de ingresos y gastos aprobada por la Legislatura para cada año fiscal.

Solicitar →

Sesiones

Calendario, agendas y actas de las sesiones de la Legislatura, que son públicas conforme al Reglamento.

Ver sesiones →

Solicitud de información pública

Solicite documentos públicos al amparo de la Ley Núm. 141-2019. La solicitud se dirige a la Presidencia de la Legislatura, con copia al Oficial de Información, y se atiende en un término de 20 a 30 días laborables, según la ley.

Hacer una solicitud →

Leyes y Reglamentos

Código Municipal de Puerto Rico (Ley Núm. 107-2020, según enmendada) y Reglamento de la Legislatura Municipal de Santa Isabel.

Código Municipal →Reglamento de la Legislatura →Código de Orden Público →Ley 141-2019 (Transparencia) →

Fiscalización y auditoría

La Legislatura y el Municipio están sujetos a la fiscalización de la Oficina del Contralor de Puerto Rico. La ciudadanía puede consultar los informes de auditoría del Municipio o presentar una querella.

Oficina del Contralor →

Documentos

Informe de Transición — Municipio de Santa Isabel

Enero 2025. Documento principal del Informe de Transición del Gobierno Municipal de Santa Isabel, acompañado de sus anejos y la correspondencia relacionada.

Informe de Transición (documento principal)PDF · enero 2025

Anejos

Participación ciudadana

Cómo participar

Las sesiones de la Legislatura son públicas. Cualquier ciudadano puede asistir, y puede comparecer ante una comisión para expresar su punto de vista sobre una medida solicitándolo por escrito ante la Secretaría de la Legislatura, conforme al Artículo 3.11 del Reglamento.

Infórmese

Consulte la agenda de la próxima sesión o vista pública para conocer las medidas que se considerarán.

Participe

Solicite por escrito a la Secretaría de la Legislatura comparecer sobre una medida —en o antes de 3 días previos a la reunión de la comisión— o presente sus comentarios por escrito. También puede enviar su planteamiento por cualquier medio de comunicación de esta página.

Comunicarse con la Secretaría

Orientación

Preguntas frecuentes

¿Qué diferencia hay entre una ordenanza y una resolución?

Una ordenanza es legislación municipal de carácter general o específico, con vigencia determinada o indefinida. Una resolución es una medida que pierde su vigencia al cumplirse su finalidad, o que rige el funcionamiento interno de la Legislatura (Reglamento, Art. 1.06).

¿Cuándo se reúne la Legislatura?

La Legislatura mantiene 2 sesiones ordinarias al año: la primera desde el segundo lunes de enero hasta el 30 de junio, y la segunda durante el segundo semestre. El Alcalde puede convocar sesiones extraordinarias (Reglamento, Art. 2.07).

¿Son públicas las sesiones?

Sí. Todas las sesiones son públicas y se celebran en la Casa Alcaldía o en el lugar que disponga la Presidencia, salvo que por motivos de seguridad se disponga otra cosa (Reglamento, Art. 2.07).

¿Cómo puedo expresarme sobre una medida?

Cualquier persona puede someter comentarios por escrito, o solicitar comparecer ante una comisión presentando la solicitud a la Secretaría en o antes de 3 días previos a la reunión (Reglamento, Art. 3.11).

¿Qué es el quórum?

La mayoría de los integrantes de la Legislatura constituye quórum para sesionar y tomar decisiones, conforme al Código Municipal y al Reglamento.

¿Quién dirige la Legislatura?

La Presidencia dirige los trabajos y convoca las sesiones; la Secretaría certifica los documentos, lleva las actas y custodia los expedientes (Reglamento, Capítulos II y III).

¿Cuándo se aprueba el presupuesto municipal?

El Alcalde radica el proyecto de resolución del presupuesto general de ingresos y gastos ante la Secretaría, y la Legislatura lo evalúa y aprueba durante la primera sesión ordinaria del año, conforme al Código Municipal (Reglamento, Art. 2.07).

¿Puede el Municipio otorgar donativos?

Sí. La Legislatura adoptó el Reglamento de Donativos (Ordenanza OM-09, 2025) que rige las ayudas a entidades sin fines de lucro y a personas de escasos recursos e indigentes, conforme a las facultades del Código Municipal.

Contacto

Comuníquese con la Legislatura

Secretaría de la Legislatura Municipal

Dirección
Calle Hostos #3
Santa Isabel, Puerto Rico 00757-2643
Teléfonos
(787) 558-2014 · (787) 845-4040
ext. 2259, 2260, 2282
Correo
legmunicipalsantaisabel2024@gmail.com
Horario
Lunes a viernes, 8:00 a.m. – 4:30 p.m.
Secretaría
Sra. Katiria Pérez Muñoz

Envíe un mensaje

También puede escribir directamente a legmunicipalsantaisabel2024@gmail.com